El seguro de Accidentes de Convenio es una póliza obligatoria para todas las empresas cuyos convenios colectivos sectoriales así lo establezcan. Cubre las indemnizaciones que las empresas deben abonar a sus trabajadores -o a sus herederos en caso de fallecimiento- por accidentes laborales, conforme a las cuantías establecidas en cada convenio. En Berenguel Castillo Correduría de Seguros contamos con amplia experiencia en seguros de convenio para todos los sectores económicos en Almería y Andalucía.
¿Es obligatorio el seguro de convenio?
Sí, en la mayoría de sectores. El Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) reconoce el papel de la negociación colectiva, y la mayoría de convenios sectoriales y de empresa incluyen la obligación del empresario de tener concertado un seguro que cubra indemnizaciones complementarias a las del régimen general de la Seguridad Social.
Sectores con seguro de convenio obligatorio
- Construcción y obra civil (Convenio Estatal de Construcción).
- Hostelería (convenios provinciales y autonómicos).
- Industria del Metal.
- Comercio (alimentación, textil, mueble, etc.).
- Transporte de mercancías y viajeros.
- Limpieza de edificios y locales.
- Seguridad privada.
- Estaciones de servicio.
- Industria química y farmacéutica.
- Sector agrario y agroalimentario.
- Oficinas y despachos.
- Y muchos otros sectores con convenio aplicable.
Coberturas habituales
- Fallecimiento por accidente laboral: indemnización a herederos según convenio (suele oscilar entre 20.000 y 70.000 €).
- Fallecimiento por infarto (en muchos convenios, si ocurre en horario laboral).
- Incapacidad Permanente Total derivada de accidente laboral.
- Incapacidad Permanente Absoluta.
- Gran Invalidez.
- Incapacidad Permanente Parcial (en algunos convenios).
- Asistencia sanitaria complementaria (algunos sectores).
Particularidades a tener en cuenta
Cada convenio establece sus propias cuantías indemnizatorias, definición de accidente cubierto, plazos de comunicación y otros requisitos. Es fundamental que el seguro esté actualizado a las cuantías del convenio vigente, ya que estas se revisan periódicamente y un seguro desactualizado puede dejar a la empresa expuesta a la diferencia.
Otros seguros complementarios
- Accidentes de empresa: coberturas superiores a las del convenio.
- Seguro de vida colectivo: para directivos y empleados clave.
- Planes de pensiones de empleo.
- Seguro de salud colectivo: como retribución en especie.
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